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Descripción

“POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITE SOLICITUD E INICIA EL TRÁMITE DE UNA CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS Y APROBACION DEL PROGRAMA DE USO EFICIENTE Y AHORRO DE AGUA PUEAA, AL SEÑOR OMAR HUMBERTO ARDILA ANAYA, C.C. No.5.758.624, MUNICIPIO DE BARANOA, DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO”. DISPONE PRIMERO: ADMITIR la solicitud e INICIAR el trámite de concesión de aguas subterráneas y la aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro de Agua PUEAA, al señor HUMBERTO ARDILA ANAYA, identificado con cedula de ciudadanía No. 5.758.624, para captar de un pozo subterráneo, ubicado en su propiedad, con caudal de captación de 0.5 L/seg, con una frecuencia de 4 horas/día, por 15 días/mes y 12 meses/año, volumen total de 7,2 m3/día, 108 m3/mes, 1.296 m3/año, para ser utilizada en las actividades de riego de zonas verdes y jardines, servicios sanitarios, Finca Rancho Sinaí, ubicada en el corregimiento Pital de Megua jurisdicción del municipio de Baranoa, departamento del Atlántico, SEGUNDO: La Subdirección de Gestión Ambiental, designará un funcionario para que mediante visita de inspección técnica verifique y conceptúe sobre la viabilidad y procedencia de la solicitud de conformidad con lo establecido en el Decreto 2811 de 1974, Decreto 1076 de 2015, y demás normas concordantes. TERCERO: Practíquense todas las diligencias tendientes al cabal cumplimiento de las obligaciones y funciones de la C.R.A. CUARTO: Téngase como interesado cualquier persona que así lo manifieste con su correspondiente identificación y dirección domiciliaria. QUINTO: NOTIFICAR en debida forma al señor HUMBERTO ARDILA ANAYA, identificado con cedula de ciudadanía No. 5.758.624, el contenido del presente acto administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55, 56, y el numeral 1° del artículo 67 de la ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 2021, y demás normas que complementen, modifiquen y sustituyan. Para efectos de lo anterior, las respectivas notificaciones se realizarán en la dirección: Calle 58 No.37 – 402 Apto 502, y/o en los siguientes correos: omhuar@gmail.com; arq.yadiramuñoz@gmail.com. En caso de no surtirse la notificación de acuerdo con lo expuesto anteriormente, se procederá a notificarse conforme a lo previsto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011. SEXTO: El señor HUMBERTO ARDILA ANAYA, identificado con cedula de ciudadanía No. 5.758.624, deberá publicar la parte dispositiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011, Art. 73, en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la ley 99 de 1993, así como un aviso con extracto de la solicitud, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.3.2.9.4 del Decreto 1076 de 2015; y remitir copia de la publicación con destino a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación. Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental en un término de cinco (5) días hábiles. PARAGRAFO: Una vez ejecutoriado el Presente Acto Administrativo la Subdirección de Gestión Ambiental, procederá a realizar la correspondiente publicación. SEPTIMO: El señor HUMBERTO ARDILA ANAYA, identificado con cedula de ciudadanía No. 5.758.624, deberá publicar en la Alcaldía municipal de Baranoa un aviso con extracto de la solicitud, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.3.2.9.4. del Decreto 1076 de 2015 y con el fin de que las personas que se crean con derecho a intervenir puedan hacerlo. Dicha fijación deberá realizarse por lo menos con diez (10) días de anticipación a la práctica de la visita. Y se deberá remitir, para la continuidad del trámite, la constancia de fijación, con destino a la Subdirección de Gestión Ambiental OCTAVO: Contra el presente acto administrativo, procede el recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto personalmente y por escrito por el interesado, su representante o apoderado debidamente constituido ante la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, conforme a lo dispuesto en la Ley 1437 del 2011, modificada por la Ley 2080 de 2021. Dado en Barranquilla a los 4 SEP 2023 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE BLEYDY COLL PEÑA SUBDIRECTOR GESTIÓN AMBIENTAL (E). IDWEB:1564265

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2023-10-11 00:00:00

Ficha técnica

“POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITE SOLICITUD E INICIA EL TRÁMITE DE UNA CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS Y APROBACION DEL PROGRAMA DE USO EFICIENTE Y AHORRO DE AGUA PUEAA, AL SEÑOR OMAR HUMBERTO ARDILA ANAYA, C.C. No.5.758.624, MUNICIPIO DE BARANOA, DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO”. DISPONE PRIMERO: ADMITIR la solicitud e INICIAR el trámite de concesión de aguas subterráneas y la aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro de Agua PUEAA, al señor HUMBERTO ARDILA ANAYA, identificado con cedula de ciudadanía No. 5.758.624, para captar de un pozo subterráneo, ubicado en su propiedad, con caudal de captación de 0.5 L/seg, con una frecuencia de 4 horas/día, por 15 días/mes y 12 meses/año, volumen total de 7,2 m3/día, 108 m3/mes, 1.296 m3/año, para ser utilizada en las actividades de riego de zonas verdes y jardines, servicios sanitarios, Finca Rancho Sinaí, ubicada en el corregimiento Pital de Megua jurisdicción del municipio de Baranoa, departamento del Atlántico, SEGUNDO: La Subdirección de Gestión Ambiental, designará un funcionario para que mediante visita de inspección técnica verifique y conceptúe sobre la viabilidad y procedencia de la solicitud de conformidad con lo establecido en el Decreto 2811 de 1974, Decreto 1076 de 2015, y demás normas concordantes. TERCERO: Practíquense todas las diligencias tendientes al cabal cumplimiento de las obligaciones y funciones de la C.R.A. CUARTO: Téngase como interesado cualquier persona que así lo manifieste con su correspondiente identificación y dirección domiciliaria. QUINTO: NOTIFICAR en debida forma al señor HUMBERTO ARDILA ANAYA, identificado con cedula de ciudadanía No. 5.758.624, el contenido del presente acto administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55, 56, y el numeral 1° del artículo 67 de la ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 2021, y demás normas que complementen, modifiquen y sustituyan. Para efectos de lo anterior, las respectivas notificaciones se realizarán en la dirección: Calle 58 No.37 – 402 Apto 502, y/o en los siguientes correos: omhuar@gmail.com; arq.yadiramuñoz@gmail.com. En caso de no surtirse la notificación de acuerdo con lo expuesto anteriormente, se procederá a notificarse conforme a lo previsto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011. SEXTO: El señor HUMBERTO ARDILA ANAYA, identificado con cedula de ciudadanía No. 5.758.624, deberá publicar la parte dispositiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011, Art. 73, en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la ley 99 de 1993, así como un aviso con extracto de la solicitud, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.3.2.9.4 del Decreto 1076 de 2015; y remitir copia de la publicación con destino a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación. Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental en un término de cinco (5) días hábiles. PARAGRAFO: Una vez ejecutoriado el Presente Acto Administrativo la Subdirección de Gestión Ambiental, procederá a realizar la correspondiente publicación. SEPTIMO: El señor HUMBERTO ARDILA ANAYA, identificado con cedula de ciudadanía No. 5.758.624, deberá publicar en la Alcaldía municipal de Baranoa un aviso con extracto de la solicitud, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.3.2.9.4. del Decreto 1076 de 2015 y con el fin de que las personas que se crean con derecho a intervenir puedan hacerlo. Dicha fijación deberá realizarse por lo menos con diez (10) días de anticipación a la práctica de la visita. Y se deberá remitir, para la continuidad del trámite, la constancia de fijación, con destino a la Subdirección de Gestión Ambiental OCTAVO: Contra el presente acto administrativo, procede el recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto personalmente y por escrito por el interesado, su representante o apoderado debidamente constituido ante la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, conforme a lo dispuesto en la Ley 1437 del 2011, modificada por la Ley 2080 de 2021. Dado en Barranquilla a los 4 SEP 2023 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE BLEYDY COLL PEÑA SUBDIRECTOR GESTIÓN AMBIENTAL (E). IDWEB:1564265

condiciones:

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