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Descripción

Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura Republica de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Oficina de Apoyo De los Juzgados civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Barranquilla JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA. AVISO DE REMATE No. 04AGO188 EL JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA, ha señalado el día 20 septiembre de 2023, a las 10: a.m. para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble de matrícula inmobiliaria No. 040-399435 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barranquilla, ubicado en la Calle 100 Número 42 F- 100 Apartamento 804, Torre 3 del Conjunto Residencial Parque 100 de la ciudad de Barranquilla, propiedad de la parte demandada, dentro del presente proceso en el JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA. La licitación comenzará a las 10 00 a.m., el secretario o el encargado de realizarlo anunciará en alta voz la apertura de la licitación, para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el Artículo 448 del C. G.P., cuando fuere necesario. Transcurrida una hora desde el comienzo de la licitación, el Juez abrirá los sobres y leerá en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el Artículo 452 del C. G.P.; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, previa consignación del 40% de conformidad a lo dispuesto en el Art.451 del C.G.P. El inmueble se encuentra avaluado en la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS MCTE $ 253.495.500. El secuestre designado es la sociedad JAVIER AHUMADA AHUMADA quien puede ser localizado a través del número celular: 3103574174 y correo javier.perito@hotmail.com. Tenga en cuenta que la consignación del cuarenta por ciento (40%) del avalúo, deberán ser consignados en lo sucesivo a la cuenta No. 080012041801 del Banco Agrario cuyo titular es la OFICINA DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA, y el código de la dependencia judicial es el No. 08001430300. Expídase el aviso y hágase las publicaciones en un periódico de amplia circulación el Heraldo o Diario el Tiempo, con antelación no inferior a los diez días anteriores del remate, a través de la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias. Del proceso EJECUTIVO con radicación 08001-40-03-004-2015-01451-00 promovido por DAVID CASTILLO PALOMINO - CC. 1.140.862.486 en contra de los demandados ROCIO RESTREPO ESPINOSA – CC. 22.441.325 Y MARCELA RESTREPO ESPINOSA – CC. 32.667.521, cursante en el JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA. Los interesados podrán solicitar el aviso correspondiente a la dirección de correo electrónico ventanillaj04ecmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co, a fin que sea elaborado por Secretaría de la Oficina de Apoyo de forma inmediata, una vez se encuentre debidamente ejecutoriado el presente auto. INFORMAR que, de conformidad a lo establecido en la normatividad señalada en la parte considerativa de este auto, la subasta se realizará de forma virtual para lo cual se RECEPCIONARÁN DE FORMA FÍSICA las ofertas en sobres sellados de los interesados, el mismo día de la diligencia o dentro de los dentro de los cinco (5) días anteriores al remate de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 451 del C.G.P., a través del área de atención al público en la ventanilla correspondiente a este Juzgado de la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias, y se remitirá el link para acceder a la diligencia. Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE REMATE hoy 15 de agosto de 2023, y copia de él se entregan al interesado para su publicación. Igualmente, de requerirse la revisión del expediente contentivo del proceso, los interesados deberán solicitarlo a la dirección de correo electrónico ventanillaj04ecmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co, con el fin que sea compartido digitalmente. Así mismo, todas las inquietudes, escritos y solicitudes en relación al remate podrán ser aportados vía correo electrónico a la dirección ventanillaj04ecmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co. Cordialmente; ALFREDO TORRES VASQUEZ. Profesional Universitario Grado 12 con Funciones Secretariales. Es importante anotar que este oficio NO requiere actualización. Así mismo se le recuerda que OECMB no sella documentos originales, a excepción de copias debidamente autorizadas dentro del expediente. Firmado Por: Alfredo Torres Vásquez Profesional Universitario - Coordinador Oficina De Apoyo Barranquilla – Atlántico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cc02c432e0843eb79 f924869f08ac87db b801149f99d526 0393b3 ddf4ff4290a Documento generado en 15/08/2023 04:47:35 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co /Firma Electrónica. IDWEB:1562486

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2023-08-20 00:00:00

Ficha técnica

Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura Republica de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Oficina de Apoyo De los Juzgados civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Barranquilla JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA. AVISO DE REMATE No. 04AGO188 EL JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA, ha señalado el día 20 septiembre de 2023, a las 10: a.m. para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble de matrícula inmobiliaria No. 040-399435 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barranquilla, ubicado en la Calle 100 Número 42 F- 100 Apartamento 804, Torre 3 del Conjunto Residencial Parque 100 de la ciudad de Barranquilla, propiedad de la parte demandada, dentro del presente proceso en el JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA. La licitación comenzará a las 10 00 a.m., el secretario o el encargado de realizarlo anunciará en alta voz la apertura de la licitación, para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el Artículo 448 del C. G.P., cuando fuere necesario. Transcurrida una hora desde el comienzo de la licitación, el Juez abrirá los sobres y leerá en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el Artículo 452 del C. G.P.; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, previa consignación del 40% de conformidad a lo dispuesto en el Art.451 del C.G.P. El inmueble se encuentra avaluado en la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS MCTE $ 253.495.500. El secuestre designado es la sociedad JAVIER AHUMADA AHUMADA quien puede ser localizado a través del número celular: 3103574174 y correo javier.perito@hotmail.com. Tenga en cuenta que la consignación del cuarenta por ciento (40%) del avalúo, deberán ser consignados en lo sucesivo a la cuenta No. 080012041801 del Banco Agrario cuyo titular es la OFICINA DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA, y el código de la dependencia judicial es el No. 08001430300. Expídase el aviso y hágase las publicaciones en un periódico de amplia circulación el Heraldo o Diario el Tiempo, con antelación no inferior a los diez días anteriores del remate, a través de la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias. Del proceso EJECUTIVO con radicación 08001-40-03-004-2015-01451-00 promovido por DAVID CASTILLO PALOMINO - CC. 1.140.862.486 en contra de los demandados ROCIO RESTREPO ESPINOSA – CC. 22.441.325 Y MARCELA RESTREPO ESPINOSA – CC. 32.667.521, cursante en el JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA. Los interesados podrán solicitar el aviso correspondiente a la dirección de correo electrónico ventanillaj04ecmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co, a fin que sea elaborado por Secretaría de la Oficina de Apoyo de forma inmediata, una vez se encuentre debidamente ejecutoriado el presente auto. INFORMAR que, de conformidad a lo establecido en la normatividad señalada en la parte considerativa de este auto, la subasta se realizará de forma virtual para lo cual se RECEPCIONARÁN DE FORMA FÍSICA las ofertas en sobres sellados de los interesados, el mismo día de la diligencia o dentro de los dentro de los cinco (5) días anteriores al remate de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 451 del C.G.P., a través del área de atención al público en la ventanilla correspondiente a este Juzgado de la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias, y se remitirá el link para acceder a la diligencia. Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE REMATE hoy 15 de agosto de 2023, y copia de él se entregan al interesado para su publicación. Igualmente, de requerirse la revisión del expediente contentivo del proceso, los interesados deberán solicitarlo a la dirección de correo electrónico ventanillaj04ecmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co, con el fin que sea compartido digitalmente. Así mismo, todas las inquietudes, escritos y solicitudes en relación al remate podrán ser aportados vía correo electrónico a la dirección ventanillaj04ecmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co. Cordialmente; ALFREDO TORRES VASQUEZ. Profesional Universitario Grado 12 con Funciones Secretariales. Es importante anotar que este oficio NO requiere actualización. Así mismo se le recuerda que OECMB no sella documentos originales, a excepción de copias debidamente autorizadas dentro del expediente. Firmado Por: Alfredo Torres Vásquez Profesional Universitario - Coordinador Oficina De Apoyo Barranquilla – Atlántico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cc02c432e0843eb79 f924869f08ac87db b801149f99d526 0393b3 ddf4ff4290a Documento generado en 15/08/2023 04:47:35 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co /Firma Electrónica. IDWEB:1562486

condiciones:

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