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Descripción

LILIA MARGARITA AMAYA NUÑEZ CURADURIA URBANA 2 BARRANQUILLA AVISO DE COMUNICACIÓN Y CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES EXPEDIENTE 08001-2-23-0027 La Curadora Urbana N° 2 del Distrito de Barranquilla, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015, modificados por los Artículos 16 y 17 del Decreto 1783 de 2021 y los Artículos 37 y 38 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), le comunica la solicitud de Licencia Urbanística radicada, con las siguientes característica, debido a la imposibilidad de efectuar la entrega de la citación por medio de correo certificado de la empresa METROENVIOS, por la causal inmueble desocupado: VEC-0714-2023 NOMBRE Vecinos Colindantes y/o Propietario y/o Poseedor y/o Tenedor DIRECCION CARRERA 53 N° 79-85 GUIA 7564562 RADICACION: 08001-2-23-0027 FECHA DE RADICACION: 24 de enero de 2023 TITULAR DE LA SOLICITUD: VISION COLOMBIA INMOBILIARIA S.A.S. DIRECCION DEL INMUEBLE: CARRERA 53 N° 79-65 CLASE DE LICENCIA: CONSTRUCCION MODALIDAD DE LICENCIA: MODIFICACION-RESTAURACION- ADECUACION- REFORZAMIENTO USO: COMERCIO/ SERVICIOS DESCRIPCION DEL PROYECTO: ALTURA: 3 PISOS UNIDADES RESIDENCIALES: 0 UNIDADES COMERCIAL: 1 Con fundamento en lo anterior lo citamos para que en caso de considerarlo conveniente, se haga parte en el trámite administrativo y presente por escrito, bien sea de manera presencial o a través de medios electrónicos sus objeciones y observaciones, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado con las pruebas que pretenda hacer valer hasta antes de la expedición del acto administrativo, de conformidad a lo establecido en el Artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015, modificado por el Artículo 17 del Decreto 1783 de 2021. Además, le informamos que la resolución que resuelve la solicitud solo podrá ser expedida por el despacho una vez haya transcurrido un término mínimo de Cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de haber recibido esta comunicación. Para mayor información y conocimiento del proyecto se les informa que el expediente contentivo de la solicitud de la licencia, se encuentra a su disposición en este despacho y podrá solicitar copias del mismo, a sus costas, si así lo desea, para lo cual le informamos que puede acercarse a la Carrera 58 N°68-32, donde se atenderá previa cita programada a través de las líneas telefónicas 3428374- 3049880 y al correo electrónica info@curaduria2 barranquilla.com LILIA MARGARITA AMAYA NUÑEZ Curadora Urbana N° 2 de Barranquilla. IDWEB:1559701

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2023-06-07 00:00:00

Ficha técnica

LILIA MARGARITA AMAYA NUÑEZ CURADURIA URBANA 2 BARRANQUILLA AVISO DE COMUNICACIÓN Y CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES EXPEDIENTE 08001-2-23-0027 La Curadora Urbana N° 2 del Distrito de Barranquilla, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015, modificados por los Artículos 16 y 17 del Decreto 1783 de 2021 y los Artículos 37 y 38 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), le comunica la solicitud de Licencia Urbanística radicada, con las siguientes característica, debido a la imposibilidad de efectuar la entrega de la citación por medio de correo certificado de la empresa METROENVIOS, por la causal inmueble desocupado: VEC-0714-2023 NOMBRE Vecinos Colindantes y/o Propietario y/o Poseedor y/o Tenedor DIRECCION CARRERA 53 N° 79-85 GUIA 7564562 RADICACION: 08001-2-23-0027 FECHA DE RADICACION: 24 de enero de 2023 TITULAR DE LA SOLICITUD: VISION COLOMBIA INMOBILIARIA S.A.S. DIRECCION DEL INMUEBLE: CARRERA 53 N° 79-65 CLASE DE LICENCIA: CONSTRUCCION MODALIDAD DE LICENCIA: MODIFICACION-RESTAURACION- ADECUACION- REFORZAMIENTO USO: COMERCIO/ SERVICIOS DESCRIPCION DEL PROYECTO: ALTURA: 3 PISOS UNIDADES RESIDENCIALES: 0 UNIDADES COMERCIAL: 1 Con fundamento en lo anterior lo citamos para que en caso de considerarlo conveniente, se haga parte en el trámite administrativo y presente por escrito, bien sea de manera presencial o a través de medios electrónicos sus objeciones y observaciones, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado con las pruebas que pretenda hacer valer hasta antes de la expedición del acto administrativo, de conformidad a lo establecido en el Artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015, modificado por el Artículo 17 del Decreto 1783 de 2021. Además, le informamos que la resolución que resuelve la solicitud solo podrá ser expedida por el despacho una vez haya transcurrido un término mínimo de Cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de haber recibido esta comunicación. Para mayor información y conocimiento del proyecto se les informa que el expediente contentivo de la solicitud de la licencia, se encuentra a su disposición en este despacho y podrá solicitar copias del mismo, a sus costas, si así lo desea, para lo cual le informamos que puede acercarse a la Carrera 58 N°68-32, donde se atenderá previa cita programada a través de las líneas telefónicas 3428374- 3049880 y al correo electrónica info@curaduria2 barranquilla.com LILIA MARGARITA AMAYA NUÑEZ Curadora Urbana N° 2 de Barranquilla. IDWEB:1559701

condiciones:

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