Descripción
DISTRITO ESPECIAL TURISTICO Y CULTURAL DE RIOHACHA. EDICTO DE NOTIFICACIÓN N°334. LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN DISTRITAL DE RIOHACHA. EMPLAZA: A las personas que se crean afectadas, directa o indirectamente, con la expedición Licencia Urbanística de subdivisión en la modalidad de reloteo No. 389 del 22 de septiembre de 2022, al señor: NOLASCO DE JESUS QUINTERO CUELLO, identificado con cédula de ciudadanía número 9.047.449, expedida en Cartagena – Bolivar, para que en el término de cinco días (05) días contados a partir de la fecha de publicación del presente EDICTO, comparezcan ante este despacho a efecto de que se notifiquen del precitado acto administrativo. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar permiso de licencia urbanística de subdivisión en la modalidad de reloteo, al señor: NOLASCO DE JESUS QUINTERO CUELLO, identificado con cédula de ciudadanía número 9.047.449, expedida en Cartagena – Bolívar, para segregar un (01) lote de menor extensión, de un lote de terreno de su propiedad, ubicado sobre la CALLE 41 No. 13-70, de este Distrito. ARTICULO SEGUNDO: Que el área del lote es de 239,27M2. Del cual se segrega un (01) lote de menor extensión, los cuales se individualizan con las siguientes cabidas y linderos: LOTE No. 1. Dirección: Calle 41 No. 13-62. Área: 119,70M2. El cual se individualiza con las siguientes cabidas y linderos: Lindero Norte: Mide 8,43 metros lineales, colinda con predios de Nolasco Quintero Cuello; Lindero Sur: Mide 8,43 metros lineales, colinda con Calle 41 en medio; Lindero Este: Mide 14,20 metros lineales, colinda con predio No. 44001010400001249 0001000000000; Lindero Oeste: Mide 14,20 metros lineales, colinda con predios de Nolasco Quintero Cuello. LOTE RESTANTE. Dirección: Calle 41 No. 13-70. Área: 119,56M2. El cual se individualiza con las siguientes cabidas y linderos: Líndero Norte: Mide 8,42 metros lineales, colinda con predios de Nolasco Quintero Cuello; Lindero Sur: Mide 8,42 metros lineales, colinda con Calle 41 en medio; Lindero Este: Mide 14,20 metros lineales, colinda con Lote No. 1 a desenglobar, propiedad de Nolasco Quintero Cuello; Lindero Oeste: Mide 14,20 metros lineales, colinda con predios que fueron de Nolasco Quintero Cuello. ÁREA DE CESIÓN EXISTENTE A FAVOR DEL DISTRITO: 53,08M2. ARTÍCULO TERCERO: De comprobarse cambios en las especificaciones objeto de este permiso ocasionará las sanciones establecidas en la Ley 388 de 1.997, Acuerdo 016 de 2.011, Acuerdo 003 de 2.002 y demás normas concordantes y actos Administrativos Distritales. ARTÍCULO CUARTO: De conformidad con el artículo 41 del Decreto 1469 de 2010, debe ser Publicada la parte resolutiva de la licencia por ambas partes; por el titular, en un periódico de amplia circulación en el Municipio, y por la Secretaria de Planeación en la página electrónica de la oficina. ARTICULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, tiene validez de doce (12) meses. ARTICULO SEXTO: Contra la presente Resolución proceden los recursos de reposición y apelación. COMUNIQUESE Y CUMPLASE: Dada en la Alcaldía Distrital de Riohacha, a los veintidós (22) días del mes de septiembre de 2022. ABRAHAM ALEJANDRO GOMEZ VARGAS. Profesional U. Secretaria de Planeación. IDWEB:1550340
Ubicación
BarranquillaFecha de publicación
Publicado 2022-10-29 00:00:36Ficha técnica
DISTRITO ESPECIAL TURISTICO Y CULTURAL DE RIOHACHA. EDICTO DE NOTIFICACIÓN N°334. LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN DISTRITAL DE RIOHACHA. EMPLAZA: A las personas que se crean afectadas, directa o indirectamente, con la expedición Licencia Urbanística de subdivisión en la modalidad de reloteo No. 389 del 22 de septiembre de 2022, al señor: NOLASCO DE JESUS QUINTERO CUELLO, identificado con cédula de ciudadanía número 9.047.449, expedida en Cartagena – Bolivar, para que en el término de cinco días (05) días contados a partir de la fecha de publicación del presente EDICTO, comparezcan ante este despacho a efecto de que se notifiquen del precitado acto administrativo. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar permiso de licencia urbanística de subdivisión en la modalidad de reloteo, al señor: NOLASCO DE JESUS QUINTERO CUELLO, identificado con cédula de ciudadanía número 9.047.449, expedida en Cartagena – Bolívar, para segregar un (01) lote de menor extensión, de un lote de terreno de su propiedad, ubicado sobre la CALLE 41 No. 13-70, de este Distrito. ARTICULO SEGUNDO: Que el área del lote es de 239,27M2. Del cual se segrega un (01) lote de menor extensión, los cuales se individualizan con las siguientes cabidas y linderos: LOTE No. 1. Dirección: Calle 41 No. 13-62. Área: 119,70M2. El cual se individualiza con las siguientes cabidas y linderos: Lindero Norte: Mide 8,43 metros lineales, colinda con predios de Nolasco Quintero Cuello; Lindero Sur: Mide 8,43 metros lineales, colinda con Calle 41 en medio; Lindero Este: Mide 14,20 metros lineales, colinda con predio No. 44001010400001249 0001000000000; Lindero Oeste: Mide 14,20 metros lineales, colinda con predios de Nolasco Quintero Cuello. LOTE RESTANTE. Dirección: Calle 41 No. 13-70. Área: 119,56M2. El cual se individualiza con las siguientes cabidas y linderos: Líndero Norte: Mide 8,42 metros lineales, colinda con predios de Nolasco Quintero Cuello; Lindero Sur: Mide 8,42 metros lineales, colinda con Calle 41 en medio; Lindero Este: Mide 14,20 metros lineales, colinda con Lote No. 1 a desenglobar, propiedad de Nolasco Quintero Cuello; Lindero Oeste: Mide 14,20 metros lineales, colinda con predios que fueron de Nolasco Quintero Cuello. ÁREA DE CESIÓN EXISTENTE A FAVOR DEL DISTRITO: 53,08M2. ARTÍCULO TERCERO: De comprobarse cambios en las especificaciones objeto de este permiso ocasionará las sanciones establecidas en la Ley 388 de 1.997, Acuerdo 016 de 2.011, Acuerdo 003 de 2.002 y demás normas concordantes y actos Administrativos Distritales. ARTÍCULO CUARTO: De conformidad con el artículo 41 del Decreto 1469 de 2010, debe ser Publicada la parte resolutiva de la licencia por ambas partes; por el titular, en un periódico de amplia circulación en el Municipio, y por la Secretaria de Planeación en la página electrónica de la oficina. ARTICULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, tiene validez de doce (12) meses. ARTICULO SEXTO: Contra la presente Resolución proceden los recursos de reposición y apelación. COMUNIQUESE Y CUMPLASE: Dada en la Alcaldía Distrital de Riohacha, a los veintidós (22) días del mes de septiembre de 2022. ABRAHAM ALEJANDRO GOMEZ VARGAS. Profesional U. Secretaria de Planeación. IDWEB:1550340
condiciones:
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Información del Anunciante

Nombre: MARTHA ISABEL CEBALLOS LOPEZ